El consentimiento en el quebrantamiento de condena del artículo 468.2 CP: responsabilidad penal de la víctima que consiente

El art. 468.2 CP castiga los quebrantamientos de las consecuencias jurídico-penales impuestas en el ámbito de la violencia doméstica, de género o asistencial que imponen al agresor prohibiciones de convivencia, acercamiento o comunicación con la víctima. Sin embargo, a menudo es la propia víctima qu...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Iribarren García-Granero, Lucía (Autor)
Otros Autores: Vizueta Fernández, Jorge
Tipo de documento: Electrónico Libro
Lenguaje:Español
Publicado: 2020
En:Año: 2020
Acceso en línea: Volltext (kostenfrei)
Verificar disponibilidad: HBZ Gateway
Descripción
Sumario:El art. 468.2 CP castiga los quebrantamientos de las consecuencias jurídico-penales impuestas en el ámbito de la violencia doméstica, de género o asistencial que imponen al agresor prohibiciones de convivencia, acercamiento o comunicación con la víctima. Sin embargo, a menudo es la propia víctima quien consiente o provoca la infracción de estas prohibiciones, reanudando la convivencia o el contacto con su agresor.El valor del consentimiento en estos supuestos ha sido objeto de una importante discusión doctrinal y jurisprudencial para determinar la responsabilidad penal del obligado al cumplimiento de la prohibición, así como en relación con la posible responsabilidad penal de la víctima como cooperadora necesaria o inductora.<br /