La expulsión administrativa como excusa de inacción penal

La posibilidad de renunciar a la persecución penal de un delito cuando el sujeto que aparece investigado o imputado es un extranjero con orden administrativa de expulsión pendiente de ejecución está prevista en el art. 57.7 de la Ley de Extranjería. Se trata de una clara manifestación de la fusión e...

Full description

Saved in:  
Bibliographic Details
Main Author: Contrera Román, María (Author)
Format: Electronic Book
Language:Spanish
Published: 2019
In:Year: 2019
Online Access: Volltext (kostenfrei)
Check availability: HBZ Gateway

MARC

LEADER 00000cam a22000002c 4500
001 1865818593
003 DE-627
005 20250114054849.0
007 cr uuu---uuuuu
008 231017s2019 xx |||||o 00| ||spa c
035 |a (DE-627)1865818593 
035 |a (DE-599)KXP1865818593 
040 |a DE-627  |b ger  |c DE-627  |e rda 
041 |a spa 
084 |a 2,1  |2 ssgn 
100 1 |a Contrera Román, María  |e VerfasserIn  |4 aut 
245 1 3 |a La expulsión administrativa como excusa de inacción penal 
264 1 |c 2019 
336 |a Text  |b txt  |2 rdacontent 
337 |a Computermedien  |b c  |2 rdamedia 
338 |a Online-Ressource  |b cr  |2 rdacarrier 
520 |a La posibilidad de renunciar a la persecución penal de un delito cuando el sujeto que aparece investigado o imputado es un extranjero con orden administrativa de expulsión pendiente de ejecución está prevista en el art. 57.7 de la Ley de Extranjería. Se trata de una clara manifestación de la fusión entre política migratoria y política criminal que caracteriza el actual sistema de control de extranjeros en situación irregular que se ha configurado en nuestro país y una aislada introducción del principio de oportunidad en nuestro sistema penal. La doctrina ha venido cuestionando la legitimidad de esta inacción penal si se hace por el mero interés estatal en expulsar al extranjero no deseado, pues implicaría dotar a la jurisdicción penal de funciones político-migratorias que no le son propias. Con el objetivo de aportar elementos para la reflexión sobre si es posible fundamentar político criminalmente esta inacción penal, nos proponemos valorar qué papel juegan los diferentes fundamentos penológicos contemporáneos (disuasión, retribución, rehabilitación, inocuización y reparación) entre los criterios con los que cuentan los operadores jurídicos para orientar su decisión. Para ello, revisamos la postura mantenida por el Ministerio Fiscal en sus directrices y la interpretación realizada por jueces y fiscales en la práctica según se desprende de las memorias anuales de los fiscales delegados de extranjería y de una muestra de expedientes judiciales en la ciudad de Málaga. La revisión realizada nos llevará a destacar las disfunciones que obstaculizan que el 57.7 LOEX pueda cumplir con fundamentos propios de la política criminal 
856 4 0 |u https://core.ac.uk/download/389580588.pdf  |x Verlag  |z kostenfrei  |3 Volltext 
935 |a mkri 
951 |a BO 
ELC |a 1 
LOK |0 000 xxxxxcx a22 zn 4500 
LOK |0 001 4390856995 
LOK |0 003 DE-627 
LOK |0 004 1865818593 
LOK |0 005 20231017043639 
LOK |0 008 231017||||||||||||||||ger||||||| 
LOK |0 035   |a (DE-2619)CORE108637780 
LOK |0 040   |a DE-2619  |c DE-627  |d DE-2619 
LOK |0 092   |o n 
LOK |0 852   |a DE-2619 
LOK |0 852 1  |9 00 
LOK |0 935   |a core 
OAS |a 1 
ORI |a SA-MARC-krimdoka001.raw